Inscripción al Registro de Auditores Externos de Proyectos FOCEM
a) Perfil de los postulantes a integrar el Registro
Las empresas postulantes para integrar el Registro de Auditores Externos deberán:
b) Inscripción al Registro
La ficha/formulario de inscripción dispone de una parte que debe ser completada con los datos de la empresa (persona jurídica) y otra en la que deben inscribirse los profesionales responsables del área de auditoría de la empresa en cuestión. De tratarse de una empresa unipersonal (profesional independiente), puede completarse una única ficha.
c) Actualización de la información en el Registro
Se deberá comunicar a la Unidad Técnica FOCEM (UTF) toda modificación de relevancia que sufra la información que fuera declarada por el auditor al momento de su inscripción al Registro.
Asimismo, los auditores inscriptos al Registro deberán actualizar la información cada dos (2) años a partir de su incorporación. En caso de no recibir actualización en el plazo determinado, la Unidad Técnica FOCEM (UTF) entenderá que el Auditor no tiene interés en mantenerse en el Registro y podrá proceder a su exclusión.
d) Auditoría externa integral de Proyectos
Los Proyectos FOCEM deben ser sometidos a procesos de auditoría externa integral, como mínimo dos veces durante su ejecución. Una auditoría integral incluye inspecciones físicas (in situ), revisión de los resultados de la auditoría interna (si se hubiera realizado), auditoría contable y de gestión, incluyendo la evaluación de productos obtenidos hacia el cumplimiento de los objetivos del Proyecto. La UTF podrá, cuando lo evalúe pertinente, convocar en forma separada la auditoría contable/de gestión de aquella auditoría técnica sobre la ejecución de obras.
e) Participación en Convocatorias para auditorías externas de Proyectos
Una vez que forman parte del Registro de Auditores Externos, las empresas y profesionales independientes están habilitados a presentarse a las convocatorias específicas que la UTF realice para los trabajos de auditoría externa de Proyectos FOCEM. Solamente los auditores que formen parte del Registro podrán participar en las referidas convocatorias.
Los auditores que se presenten a la convocatoria específica para auditar un Proyecto no pueden ser de la nacionalidad o residencia del país beneficiario del proyecto. En ocasión de la postulación a cada Convocatoria, la empresa informará y presentará la ficha de los profesionales auditores que actuarán en dicha auditoría en particular.
En caso que la especificidad de los trabajos a realizar requieran la actuación de un profesional especialista (ingeniero, arquitecto, etc.) que no forme parte de la plantilla de empleados de la empresa de auditoría inscripta en el Registro, ésta podrá presentar un profesional contratado a tales efectos, presentando la ficha/formulario y documentación correspondiente. La responsabilidad por el contrato, la facturación, los trabajos y el informe, se mantiene en la persona jurídica (empresa o unipersonal) inscripta al Registro.
Del mismo modo, de tratarse por ejemplo de un ingeniero auditor quien estuviera inscripto en el Registro, podrá presentar a un profesional del área contable con experiencia en auditoría, según indiquen los Términos de Referencia (TDR) de la Convocatoria para realizar el ítem correspondiente del informe de auditoría, permaneciendo la responsabilidad total del contrato y todo el trabajo en la persona del auditor inscripto.
f) Mecanismo de selección de las empresas para ejecutar la auditoría de un Proyecto en particular
Cuando se determine la realización de una auditoría externa para un Proyecto FOCEM, la UTF publicará una Convocatoria en su sitio web y redes sociales, y convocará, a través del correo electrónico que hayan declarado, a los profesionales independientes o empresas inscriptos en el Registro.
Los interesados podrán presentar sus propuestas técnicas (archivo abierto) y económicas (archivo con clave) de acuerdo a los TDR que se difundirán en cada Convocatoria. Una vez que analizadas las propuestas presentadas, se considera que cumplen con las pautas técnicas de la Convocatoria y que los técnicos/especialistas cumplen con los requisitos establecidos en los TDR, la selección se realizará en base a concurso de precios.
El Instructivo de Procedimiento N°02/18 establece el Proceso de contratación de auditores externos, las etapas de desarrollo de los trabajos y las formas de pago.
g) Causas de suspensión o exclusión del Registro
Los auditores pueden ser suspendidos del Registro en los siguientes casos:
La normativa vigente (Dec. CMC N°44/08) establece las pautas para suspensión o exclusión en cada una de las hipótesis mencionadas anteriormente, sin perjuicio de lo cual la UTF, mediante decisión fundamentada, podrá suspender o excluir al Auditor del Registro